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¿Qué es una pensión alimenticia? y Procedimiento para solicitarla en Puebla.

  • Foto del escritor: Legal Confiable
    Legal Confiable
  • 10 jul 2024
  • 2 Min. de lectura

La pensión alimenticia es una obligación legal que tienen ciertas personas de proporcionar recursos para la subsistencia de otras. Este deber incluye proporcionar alimentos, ropa, vivienda, educación, salud y, en general, lo necesario para la vida diaria. En el contexto del derecho familiar, comúnmente se refiere a la obligación de los padres de mantener a sus hijos, aunque también puede aplicarse entre cónyuges y otros familiares cercanos.




Legislación relevante en el Código Civil de Puebla


En el Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, la pensión alimenticia está regulada en varios artículos clave, incluyendo:


  • Artículo 496: El Estado debe dar alimentos a menores, mayores incapaces, enfermos graves y ancianos que los necesiten y no tengan parientes que estén obligados a proporcionárselos. Si aparecen parientes deudores de esos alimentos, el Estado deberá exigirles el pago de la suma gastada en ellos, más intereses legales.

  • Artículo 497: Los alimentos comprenden comida, vestido, habitación y asistencia en caso de enfermedad. También incluye los libros y materiales de estudio necesarios en el caso de menores y la atención médica y hospitalaria del embarazo y parto .

  • Artículo 501: El obligado a dar alimentos cumple la obligación asignando una pensión suficiente al acreedor alimentario o incorporándolo a su familia si no hay grave inconveniente a juicio del Juez .

  • Artículo 503: Los alimentos deben ser proporcionados a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlo.








Procedimiento para solicitar una pensión alimenticia en Puebla


  1. Mediación o conciliación: Algunas jurisdicciones requieren que las partes intenten resolver el asunto a través de mediación o conciliación antes de acudir a un tribunal. Este proceso busca llegar a un acuerdo sin necesidad de un juicio.

  2. Demanda de pensión alimenticia: Si no se llega a un acuerdo, la parte interesada debe presentar una demanda ante el juzgado de lo familiar. La demanda debe incluir la identificación de las partes, la relación de parentesco, los motivos por los cuales se solicita la pensión y la cantidad requerida, basada en las necesidades del solicitante y la capacidad económica del deudor.

  3. Documentación: Junto con la demanda, se deben presentar pruebas que respalden la solicitud, como actas de nacimiento (para probar la relación de parentesco), comprobantes de gastos (educación, salud, alimentación, etc.), y documentos que acrediten la situación económica del deudor (recibos de nómina, declaraciones de impuestos, etc.).

  4. Audiencia: El juez citará a las partes a una audiencia donde ambas podrán presentar sus argumentos y pruebas. Es posible que se requiera la intervención de peritos para determinar las necesidades del beneficiario y la capacidad del deudor.

  5. Sentencia: El juez emitirá una sentencia en la que determinará si procede la pensión alimenticia, su monto y la forma en que debe ser pagada. Esta sentencia puede ser apelada por cualquiera de las partes si no están de acuerdo con la decisión.




Para casos específicos o para iniciar un trámite formal, siempre es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho familiar, ya que cada caso puede tener particularidades que requieran un enfoque legal específico.

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